Oregón · Exenciones para cónyuges sobrevivientes · Actualizado oct. 2026
Exenciones de impuestos a la propiedad para cónyuges sobrevivientes en Oregón (2026)
Todos los beneficios estatales del impuesto a la propiedad en Oregón que reúne nuestra guía para cónyuges sobrevivientes: los beneficios hechos para ellos y los que un cónyuge sobreviviente puede mantener o pedir. Cuánto vale cada uno, quién califica, el plazo y cómo solicitarlo.
Respuesta corta
El principal beneficio del impuesto a la propiedad para cónyuges sobrevivientes en Oregón es: Disabled Veteran or Surviving Spouse Property Tax Exemption (exención del impuesto a la propiedad para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes). Quita $27,092 del valor tasado de su vivienda para efectos del impuesto, o $32,512 si el VA o las fuerzas armadas certifican que sus discapacidades están relacionadas con el servicio y son del 40% o más (montos del DOR de enero de 2026).
- Cuánto vale
- $27,092
- Límite de ingreso
- Solo para veteranos certificados por un médico privado : ingreso bruto total del año…
- Plazo
- 1 de abril
Beneficios para cónyuges sobrevivientes en Oregón
Veteranos con discapacidadDisabled Veteran or Surviving Spouse Property Tax Exemption (exención del impuesto a la propiedad para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes)
Quita $27,092 del valor tasado de su vivienda para efectos del impuesto, o $32,512 si el VA o las fuerzas armadas certifican que sus discapacidades están relacionadas con el servicio y son del 40% o más (montos del DOR de enero de 2026). Un cónyuge o pareja sobreviviente recibe el monto más alto si el veterano murió por una lesión o enfermedad relacionada con el servicio, o si el veterano recibió la exención más alta durante al menos un año. Los montos suben un 3% cada año.
Para cónyuges sobrevivientes: Un cónyuge sobreviviente o pareja de hecho registrada (registered domestic partner) que no se ha vuelto a casar ni a registrar con otra pareja también califica, aunque el veterano no tuviera discapacidad o nunca la reclamara.
- Quién califica
- Usted debe ser ciudadano de EE. UU., haber sido dado de baja o liberado de las Fuerzas Armadas de EE. UU. en condiciones honorables, cumplir una de las reglas de tiempo de servicio (por ejemplo, 179 días consecutivos después del 31 de enero de 1955, un día en una zona de combate, o una calificación de discapacidad del VA), y ser dueño de su vivienda en Oregon y vivir en ella. $27,092: certificado por el VA o por una rama de las Fuerzas Armadas con discapacidades del 40% o más, O certificado cada año por un médico con licencia con discapacidad del 40% o más y con un ingreso bruto total del año anterior que no pase del 185% de las pautas federales de pobreza. $32,512: certificado por el VA o las fuerzas armadas con discapacidades relacionadas con el servicio del 40% o más. Un cónyuge sobreviviente o pareja de hecho registrada (registered domestic partner) que no se ha vuelto a casar ni a registrar con otra pareja también califica, aunque el veterano no tuviera discapacidad o nunca la reclamara.
- Límite de ingreso
- Solo para veteranos certificados por un médico privado (no por el VA): ingreso bruto total del año anterior que no pase del 185% de las pautas federales de pobreza.
- Cómo solicitarla
- Presente el Disabled Veteran or Surviving Spouse Exemption Claim (solicitud de exención para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes, formulario 150-303-086) ante el tasador de su condado. Adjunte su DD-214 y un certificado de discapacidad del VA o de las fuerzas armadas con fecha de los últimos 3 años (o un certificado médico actualizado cada año). Los cónyuges sobrevivientes adjuntan el DD-214, el acta de matrimonio o de pareja de hecho, y el acta de defunción.
- Plazo
- 1 de abril antes del año fiscal (el año fiscal de Oregon empieza el 1 de julio). Si compra la vivienda después del 1 de marzo y antes del 1 de julio, presente la solicitud dentro de los 30 días después de la compra. Un veterano certificado por un médico que tuvo la exención el año pasado y a quien el tasador avisa que no presentó una nueva solicitud puede presentarla a más tardar el 1 de mayo con un cargo por demora de $10. Si el VA certifica su discapacidad tarde, presente la solicitud dentro de los 6 meses después del aviso para reclamar hasta 3 años fiscales anteriores.
- Renovación
- Una sola vez si lo certifica el VA o las fuerzas armadas (vuelva a presentarla solo si cambia el dueño o el uso de la propiedad). Cada año si lo certifica un médico privado.
- Ley
- ORS 307.250-307.283
Fuente: página oficial (en inglés)
Cómo solicitarlo, paso a paso
- Presente el Disabled Veteran or Surviving Spouse Exemption Claim (solicitud de exención para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes, formulario 150-303-086) ante el tasador de su condado.
- Adjunte su DD-214 y un certificado de discapacidad del VA o de las fuerzas armadas con fecha de los últimos 3 años (o un certificado médico actualizado cada año).
- Los cónyuges sobrevivientes adjuntan el DD-214, el acta de matrimonio o de pareja de hecho, y el acta de defunción.
Formulario: Disabled Veteran or Surviving Spouse Exemption Claim, 150-303-086 (solicitud de exención para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes)
Plazo: 1 de abril antes del año fiscal (el año fiscal de Oregon empieza el 1 de julio). Si compra la vivienda después del 1 de marzo y antes del 1 de julio, presente la solicitud dentro de los 30 días después de la compra. Un veterano certificado por un médico que tuvo la exención el año pasado y a quien el tasador avisa que no presentó una nueva solicitud puede presentarla a más tardar el 1 de mayo con un cargo por demora de $10. Si el VA certifica su discapacidad tarde, presente la solicitud dentro de los 6 meses después del aviso para reclamar hasta 3 años fiscales anteriores.
Renovación: Una sola vez si lo certifica el VA o las fuerzas armadas (vuelva a presentarla solo si cambia el dueño o el uso de la propiedad). Cada año si lo certifica un médico privado.
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Preguntas sobre los beneficios para cónyuges sobrevivientes en Oregón
¿Quién califica para los beneficios del impuesto a la propiedad para cónyuges sobrevivientes en Oregón?
Disabled Veteran or Surviving Spouse Property Tax Exemption (exención del impuesto a la propiedad para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes): Usted debe ser ciudadano de EE. UU., haber sido dado de baja o liberado de las Fuerzas Armadas de EE. UU. en condiciones honorables, cumplir una de las reglas de tiempo de servicio (por ejemplo, 179 días consecutivos después del 31 de enero de 1955, un día en una zona de combate, o una calificación de discapacidad del VA), y ser dueño de su vivienda en Oregon y vivir en ella. $27,092: certificado por el VA o por una rama de las Fuerzas Armadas con discapacidades del 40% o más, O certificado cada año por un médico con licencia con discapacidad del 40% o más y con un ingreso bruto total del año anterior que no pase del 185% de las pautas federales de pobreza. $32,512: certificado por el VA o las fuerzas armadas con discapacidades relacionadas con el servicio del 40% o más. Un cónyuge sobreviviente o pareja de hecho registrada (registered domestic partner) que no se ha vuelto a casar ni a registrar con otra pareja también califica, aunque el veterano no tuviera discapacidad o nunca la reclamara.
¿Hay un límite de ingreso en los beneficios para cónyuges sobrevivientes en Oregón?
Disabled Veteran or Surviving Spouse Property Tax Exemption (exención del impuesto a la propiedad para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes): Solo para veteranos certificados por un médico privado (no por el VA): ingreso bruto total del año anterior que no pase del 185% de las pautas federales de pobreza.
¿Cuál es el plazo para solicitar los beneficios para cónyuges sobrevivientes en Oregón?
Disabled Veteran or Surviving Spouse Property Tax Exemption (exención del impuesto a la propiedad para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes): 1 de abril antes del año fiscal (el año fiscal de Oregon empieza el 1 de julio). Si compra la vivienda después del 1 de marzo y antes del 1 de julio, presente la solicitud dentro de los 30 días después de la compra. Un veterano certificado por un médico que tuvo la exención el año pasado y a quien el tasador avisa que no presentó una nueva solicitud puede presentarla a más tardar el 1 de mayo con un cargo por demora de $10. Si el VA certifica su discapacidad tarde, presente la solicitud dentro de los 6 meses después del aviso para reclamar hasta 3 años fiscales anteriores.
¿Hay que volver a solicitar cada año los beneficios para cónyuges sobrevivientes en Oregón?
Disabled Veteran or Surviving Spouse Property Tax Exemption (exención del impuesto a la propiedad para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes): Una sola vez si lo certifica el VA o las fuerzas armadas (vuelva a presentarla solo si cambia el dueño o el uso de la propiedad). Cada año si lo certifica un médico privado.
¿Dónde se solicitan los beneficios para cónyuges sobrevivientes en Oregón?
El tasador (assessor) de su condado tramita las solicitudes de exención y recibe las solicitudes de aplazamiento del impuesto a la propiedad (que envía al Oregon Department of Revenue, Departamento de Ingresos de Oregon). Oregon no tiene una exención homestead (por vivienda principal) general ni una exención basada solo en la edad o el ingreso. Para Disabled Veteran or Surviving Spouse Property Tax Exemption (exención del impuesto a la propiedad para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes): Presente el Disabled Veteran or Surviving Spouse Exemption Claim (solicitud de exención para veteranos con discapacidad o cónyuges sobrevivientes, formulario 150-303-086) ante el tasador de su condado.
Fuentes (en inglés)
Última revisión: oct. 2026.