Elderly or Disabled Exclusion (Homestead Exclusion) (exclusión para personas mayores o con discapacidad: exclusión homestead por vivienda principal)
Excluye del impuesto a la propiedad la cantidad mayor entre $25,000 y el 50% del valor de tasación de su residencia permanente.
Para personas con discapacidad: Un dueño que aparece en la escritura al 1 de enero, que es residente de North Carolina, vive en la vivienda como residencia permanente y tiene al menos 65 años o una discapacidad total y permanente al 1 de enero.
- Quién califica
- Un dueño que aparece en la escritura al 1 de enero, que es residente de North Carolina, vive en la vivienda como residencia permanente y tiene al menos 65 años o una discapacidad total y permanente al 1 de enero. Los copropietarios casados presentan una sola solicitud; los demás copropietarios presentan cada uno una solicitud por su parte.
- Límite de ingreso
- Ingreso del año anterior (de ambos cónyuges, de todas las fuentes excepto regalos o herencias de familiares) de no más de $38,800 para el año fiscal 2026 y de $39,900 para el año fiscal 2027; se ajusta cada año según el aumento por costo de vida del Seguro Social.
- Cómo solicitarla
- Presente el Form AV-9 (formulario AV-9) ante el tasador de su condado (Mecklenburg acepta correo electrónico). Adjunte las dos primeras páginas y el Schedule 1 (anexo 1) de su declaración federal de impuestos del año pasado (o los formularios W-2 y otras pruebas de ingresos si no presenta declaración). Si tiene menos de 65 años, adjunte el Form AV-9A, Certification of Disability (formulario AV-9A, certificación de discapacidad), llenado por un médico o una agencia del gobierno.
- Plazo
- A más tardar el 1 de junio (por ejemplo, el 1 de junio de 2027 para el año fiscal 2027). La ley dice que la solicitud 'debería presentarse durante el período regular de listado' (regular listing period, en enero), pero se tiene que aceptar hasta el 1 de junio antes del año fiscal, que empieza el 1 de julio (G.S. 105-277.1(c)). Las solicitudes tardías pueden aprobarse por causa justificada, solo para los impuestos de ese año calendario (G.S. 105-282.1(a1)).
- Renovación
- Una sola vez. G.S. 105-282.1(a)(2) incluye esta exclusión como un beneficio de 'solicitud única' (single application): una vez aprobada, no tiene que volver a solicitarla a menos que cambie su elegibilidad, el dueño o el uso de la propiedad. Avise al tasador de los cambios; el tasador puede revisar su elegibilidad.
- Ley
- N.C.G.S. 105-277.1; 105-282.1(a)(2)c, (a1)
Fuente: página oficial (en inglés)